BORRADOR NUEVA LEY DE AUTÓNOMOS

En empleorecursos.es entendemos que el proceso de búsqueda de trabajo se debe dirigir tanto al empleo por cuenta

En empleorecursos.es entendemos que el proceso de búsqueda de trabajo se debe dirigir tanto al empleo por cuenta ajena como por cuenta propia, por lo que en las presentes líneas vamos a comentar brevemente las posibles reformas, a falta de confirmación mediante la publicación definitiva de la Ley, de la conocida nueva Ley de Autónomos, aprobadas por unanimidad en el Congreso el pasado 29 de noviembre.

Así, el objeto fundamental de la futura Ley es minimizar las cargas administrativas de este colectivo, fomentar el autoempleo, mejorar la conciliación laboral y familiar y equiparar sus beneficios sociales al de las y los trabajadores asalariados por cuenta ajena.

En cuanto a las mencionadas reformas que se prevén, en empleorecursos.es destacamos:

  • Ampliación de 6 a 12 meses la “tarifa plana” para nuevas/os autónomas/os. En la actualidad, cuando nos damos de alta como autónomas/os la primera vez o después de haber pasado como mínimo 5 años de nuestra baja, y se opta por la base mínima de cotización, la cuota mensual a abonar consta de una reducción progresiva del 80% los 6 primeros meses, del 50% otros 6 meses y del 30% otros 6 meses (salvo varones menores de 30 años o mujeres menores de 35, en el que este último tramo de reducción sería de 18 meses).
  • Computar por días el tiempo que se está de alta en el RETA, en vez de por meses completo.
  • Ampliar el límite de veces en el cambio de la base de cotización al año a 4, frente a las 2 veces posible en la actualidad.
  • Determinar los ingresos mínimos por los que se estará obligada/o a cotizar en la Seguridad Social (se estima que estaría en función del SMI, esto es, 655,20 € mensuales en 14 pagas).
  • En los periodos de baja por maternidad se eliminaría la cuota de cotización a la Seguridad Social.
  • Reducción del recargo en caso de abonar la cuota mensual fuera de plazo por debajo del actual 20%.
  • Determinación de los gastos deducibles, así como poder desgravarse los suministros de agua, gas y electricidad cuando la actividad profesional se realice en el domicilio particular.
  • Ante la prestación por jubilación, se tendrían en cuenta todos los periodos cotizados por el/a trabajador/a de forma conjunta, tanto por cuenta ajena como de autónoma/o.

Siendo conscientes que las medidas comentadas se encuentran en estado “borrador” y que siempre se pueden mejorar e incluso añadir nuevas, entendemos que para este colectivo de personas, amplio en nuestro mercado de trabajo, es un aliciente a considerar como vía de inserción laboral.

Para finalizar, invitamos a visitar nuestro sitio Web dónde exponemos aspectos relacionados con el Derecho Laboral, Orientación para la búsqueda de empleo, Marca Personal, Coaching, ofertas de empleo, etc.

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