En las presentes líneas vamos a tratar desde empleorecursos.es uno de los aspectos cada vez más extendidos por las empresas a la hora de remunerar el trabajo de sus trabajadoras/es, como son los incentivos ligados al logro de determinados objetivos y que forman parte de su retribución de forma variable.

“Cada vez está más extendido entre la empresas el uso de programas o ayudas sociales como forma de retribución variable”

Son varias las modalidades de beneficios sociales a los que se puede acoger la empresa, guardando las mismas una estrecha relación con la satisfacción laboral de las y los actuales colaboradores, a la vez que le permiten atraer nuevo talento a la organización, al sentir un mayor interés por trabajar e implicarse en la cultura corporativa de aquellas empresas que más apoyo social, sanitario, de desarrollo o económico faciliten.

“La aplicación de estas medidas de apoyo social por parte de determinadas empresas las hacen un lugar atractivo para trabajar”

Desde empleorecursos.es consideramos que además del impacto positivo que puedan tener estas acciones en las y los trabajadores, al ser percibidas de forma satisfactoria, entendemos la necesidad de implantar al margen de los sistemas de incentivos o responsabilidad social corporativa tradicionales, programas específicos de beneficios sociales dirigidos a determinados miembros de la empresa y que no estén vinculados a al logro de determinados objetivos de rendimiento.

“La utilización de una media u otra estará en función de las características de la plantilla de trabajadoras/es que formen la empresa”

Buenos ejemplos de estas acciones podrían ser el establecimiento para el o la trabajadora de un seguro médico, plan de pensiones, vales restaurante, ayudas al estudio, ayudas para el refuerzo económico de hijas/os, trabajo desde casa, horario flexible que permita conciliar la vida familiar y laboral, jornada intensiva los viernes, plan de carrera, etc.

Para determinar qué medida o beneficio social utilizar y cómo aplicarla, es conveniente que la empresa comience con un estudio sociodemográfico de plantilla, con objeto de obtener datos como edad media, antigüedad, % de trabajadoras/es con hijas/os, etc. para así determinar sus posibles necesidades sociales.

“Es conveniente que se evalúe la satisfacción en estos programas para ir adaptándolos a las necesidades de las y los empleados”

Una vez elegido por parte de la empresa qué ayuda o programa social se implantará, ésta debe valorar la forma de financiarlo, es decir, puede optar por cubrir la totalidad del coste de la ayuda ofrecida, a la vez que difundir de forma clara sus características y forma de acceder a ellas, a la vez que evaluar de forma adecuada la satisfacción de la misma a producido entre las y los trabajadores.

Para finalizar, invitamos a visitar nuestro sitio Web dónde exponemos aspectos relacionados con el Derecho Laboral, Orientación para la búsqueda de empleo, Marca Personal, Coaching, ofertas de empleo, etc.


En empleorecursos.es entendemos que todo proceso de selección de personas que realizan las empresas debe incluir una última fase de acogida de la persona en la empresa, la cual, poseo al menos igual de importancia que el resto de las que conforman dicho proceso.

“Todo proceso de selección debe contener una fase de acogida en la empresa”

Así, entendemos que una buena acogida en la empresa de la persona candidata permite minimizar problemas como ansiedad o inquietud, falta de amistades o contraste entre lo que ésta espera y lo que se encuentra en el puesto de trabajo, a la vez que facilita el conocimiento sobre la cultura de la empresa y los objetivos reales que persigue con dicha contratación.

“La fase de acogida facilita la integración de la persona tanto a su nuevo puesto de trabajo como a la cultura de la empresa”

Por ello, en emplerecursos.es consideramos que son tres los elementos esenciales que intervienen en el proceso de acogida del/a nuevo/a empleado en la empresa. Por un lado, se encuentran las y los compañeros, ya que éstas/os pueden hacer mucho para que la persona contratada se encuentre emocional y socialmente bien en la empresa, a través de un buen clima laboral, llegando incluso a existir estudios que demuestran que son más importantes las buenas relaciones entre las y los trabajadores que determinados programas formales de acogimiento. En segundo lugar, la persona responsable inmediata es quién debe ser la encargada de presentar oficialmente al/a candidato/a, a la vez que le informa de sus funciones y tareas. Por último, destacar la participación del Departamento de Personas (RRHH), el cuál debe contar con un sistema de acogida organizado.

En resumen, una política de acogida de las nuevas incorporaciones a la empresa, para asegurar el éxito, debe contemplar un Manual de Acogida que establezca los objetivos y el procedimiento de integración de las y los nuevos empleados, el cual, facilitará:

  • Dar al/a nuevo/o trabajador/a una visión global de la empresa.
  • Hacer que perciba claramente los objetivos generales de la misma, de modo que esto le ayude a integrar sus objetivos personales en los generales.
  • Favorecer el rápido establecimiento de relaciones con los demás miembros del equipo de trabajo y de los servicios colindantes.
  • Hacerle reflexionar sobre lo que se le ha dicho, a fin de que participe lo antes posible en la marcha de la empresa, e incitarle a tomar los contactos que le sean útiles.
  • Crear en él reflejo de la comunicación.

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Es un hecho constatable que en nuestros días han aumentado los indicadores de accidentabilidad de las empresas. Por ello, desde empleorecursos.es queremos reflexionar acerca de ello analizando cuáles son los deberes u obligaciones que tienen las empresas para proteger a sus empleadas/os, los cuales, no solo vienen recogidos en la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales como norma específica, y en la Constitución Española como norma general.

“El deber de protección de la salud laboral por parte de la empresa viene recogido tanto en la Constitución como en la Ley 31/1995, de Prevención de Riegos Laborales”.

Así, en la Constitución aparecen de forma implícita en los artículos 15 (dónde se menciona el derecho fundamental de toda persona a su vida e integridad física) y 40.2 (el cual, obliga a los poderes públicos al desarrollo de una política de protección de la salud de las y los trabajadores, mediante la prevención de los riesgos derivados de su trabajo).

“El artículo 14.1 de la mencionada Ley 31/1995, refleja de forma clara el derecho a una “protección eficaz” para todas y todos los trabajadores”.

Más concretamente, entre los deberes del empresariado destacan: evaluación de riesgos, formación de las y los trabajadores, actuaciones en situaciones de emergencia, vigilancia periódica del estado de salud, protección de la maternidad, de las/os menores de 18 años y de trabajadoras/es temporales, la constitución de servicios de prevención, etc. Correlativamente a estos deberes empresariales, son configurados por la legislación una serie de derechos que asisten a las/os trabajadoras/es, como los de información, consulta y participación; formación en materia preventiva; paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente; y vigilancia de su estado de salud.

“A pesar de lo anterior, las y los trabajadores deben velar por el cumplimiento de la normativa sobre salud laboral”.

Igualmente, las y los trabajadores han de velar, a través del cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas personas a las que pueda afectar su actividad profesional, de conformidad con su formación y con las instrucciones del empresariado.

Resumiendo, la/el empresaria/o está obligada/o al cumplimiento de una seria de medidas para garantizar la protección de las y los trabajadores, siguiendo para ello unas determinadas pautas de actuación, tales como:

  1. Evitar los riesgos: política preventiva activa para detectarlos.
  2. Si pese a lo anterior, no los puede evitar, debe Evaluar los riesgos existentes, lo que implica también determinar los relativos a grupos de trabajadoras/es con riesgos especiales.
  3. Debe combatir los riesgos en su origen y no sólo en sus efectos. Eliminarlos de raíz.
  4. Teniendo en cuenta los riesgos existentes, debe adaptar el trabajo a la persona. Este principio está relacionado con otro: debe tener en cuenta la evolución de la técnica, que supone elegir y poner a disposición del trabajador las técnicas, medios, equipos y métodos de trabajo y producción precisos para reducir los efectos del trabajo en la salud del mismo.
  5. Finalmente, debe anteponer las medidas de protección colectiva a las individual. Es un principio relacionado con el deber de información, y con el de formación, el de evaluar la elección de los equipos de trabajo, y con la obligación de velar por el uso efectivo de los mismos.

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   Son varias las preguntas que nos hacen tanto en los seminarios que participamos o en nuestra Web, empleorecursos.es, acerca del lenguaje no verbal en las entrevistas de selección que practican las empresas. Así, en las presentes líneas, vamos a intentar dar respuesta a las mismas.

   Indicar que el lenguaje no verbal tiene como misión fundamental complementar al lenguaje verbal, y más en un proceso de evaluación como es una entrevista de selección (de ahí la importancia de que estén en consonancia, esto es, que no estemos diciendo algo con palabras y lo contrario con los gestos).

“La función principal de la comunicación no verbal es complementar a la verbal”

Llegados a este punto, por comunicación no verbal se entienden todos aquellos mensajes que enviamos sin hacer uso de la palabra, tales como, gestos, expresiones, movimientos corporales, contacto visual, etc. La misma, se caracteriza por ser inconsciente (no podemos actuar sobre ella), por estar su significado en función del contexto en el que se produzca (en nuestro caso, por la evaluación que toda entrevista de trabajo supone), y por la complejidad de la propia comunicación entre personas.

“Los gestos, movimientos corporales, contacto visual, entonación, timbre de la voz, etc. componen el lenguaje no verbal”

   Además, existen tres tipos de comunicación no verbal. Esto es, la Paralingüística (entonación, timbre de la voz, velocidad, etc. En el proceso de entrevista, se aconseja hablar de forma clara, despacio, vocalizando, etc.); Proxénica (hace referencia a la distancia física existente entre dos personas) y Kinésica (se centra en los movimientos corporales y los gestos, es decir, la mirada, la postura corporal o la expresión del rostro son aspectos a tener en cuenta en toda entrevista de trabajo).

   Analizando la literatura existente sobre la materia, destaca la Regla del psicólogo alemán Albert Mehrabian, la cual indica que cuando comunicamos emociones y sentimientos, solo el 7% del mensaje se transmite por medio de la palabra; mientras que el 93% restante está compuesto por la comunicación no verbal.

“La Regla Mehrabian (7-38-55) indica que en la comunicación de emociones y sentimientos el mensaje se compone el 7% en verbal, 38% voz y el 55% corporal”

   Por ello, desde empleorecursos.es entendemos que toda persona que se encuentre en proceso de búsqueda de empleo debe conocer (e incluso dominar) los aspectos relacionados con la comunicación no verbal, ya que la misma, jugará un papel decisivo en el proceso de evaluación de nuestra candidatura en toda entrevista de trabajo. Así, resumiendo la enorme investigación existente sobre la materia, señalaremos a modo ilustrativo varias acciones de la comunicación no verbal y el posible significado que conllevaría:

  • Entrelazar los dedos de ambas manos: autoridad
  • Mirar hacia el suelo cuando te hablan: no creer lo que se escucha
  • Frotarse las manos: impaciencia
  • Apretarse la nariz: evaluación negativa
  • Sentarse con las manos agarrando la cabeza por detrás: seguridad en sí misma/o y superioridad
  • Inclinar la cabeza: interés
  • Dar la mano con la palma abierta: sinceridad, franqueza
  • Caminar erguida/o: confianza
  • Jugar con el cabello: falta de confianza e inseguridad
  • Comerse las uñas: nervios
  • Cruzar los brazos: actitud defensiva
  • Mano en la mejilla: evaluación
  • Frotarse el ojo: dudas
  • Tocarse ligeramente la nariz: mentir, dudar o rechazar algo

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En esta nueva entrada en nuestro Blog, trataremos desde empleorecuros.es como hacer frente a uno de los aspectos que nos afectan laboralmente, tanto si estamos en proceso de búsqueda de empleo como si nos encontramos ocupadas/os, y no es otro que la Procrastinación, es decir, ¿Eres de las o los que deja siempre para otro momento las tareas o cuestiones que tienes pendiente?

“Cuando postergamos una tarea o acción de forma voluntaria y sistemática, estamos procrastinando”

  Básicamente, se entiende por procrastinación la conducta de postergar de forma sistemática y voluntaria, aquellas tareas que debemos hacer, las cuales, son cruciales para conseguir nuestros objetivos (por ejemplo, prepararnos una entrevista de trabajo si estamos buscando empleo, o la presentación del proyecto de fin de curso, o prepararnos ese examen de inglés que tanto necesitamos aprobar, terminar el informe que nos han pedido, etc.), y que son reemplazadas por otras irrelevantes pero más placenteras de hacer.

“Fundamentalmente, la Procrastinación está relacionada con la mala gestión del tiempo”

  Como decimos, da igual la posición laboral que tengamos (trabajando o no), ya que afecta a todas las personas por igual. Así, se estima que la procrastinación es un fenómeno complejo que se encuentra muy relacionado con la mala gestión del tiempo que hacen las personas que lo sufren, ya que el/a procrastinador/a suele sobreestimar el tiempo necesario para llevar a cabo la tarea que tiene pendiente en función de los recursos que dispone, lo que a su vez, está asociado con una falsa sensación de autoconfianza y seguridad.

“Existen estudios que indican que la Procrastinación se encuentra asociada a la desmotivación”

  En cuanto a las causas o motivos que llevan a determinadas personas a la procrastinación indicar que son muy diversos y complejos, los cuales, según determinados estudios, se encuentran asociados a ciertos estado de desmotivación, que conllevan aparejados estados de letargo; carácter perfeccionista (al privar de empezar a realizar proyectos por temor a no poder hacerlo “tan perfecto”); baja tolerancia a la frustración (por miedo a que no ser capaz de llevar a cabo las tareas con éxito); entre otros.

  En resumen, las personas procrastinadoras suelen ser bastantes activas, siendo su mal, sustituir de forma sistemática y voluntaria lo que deben hacer (y que no les atrae) por otras tareas que les son más placenteras y agradables.

 En cuanto a las técnicas a emplear para dejar de procrastinar y postergar tareas, desde empleorecursos.es queremos indicar las siguientes:

  • Planificar las tareas diarias para así tener un control exhaustivo de lo que debes hacer.
  • A su vez, establecer subtareas con plazos para cada una de ellas.
  • Ser realista en dicha planificación de acciones.
  • Comunica a tu entorno tus acciones diarias para así añadirte presión social que te motive
  • Recompénsate por los avances que estás teniendo.

Por último, y como siempre, para saber más sobre la procrastinación y la forma de afrontarla, junto con aspectos de Derecho Laboral, Orientación para la búsqueda de trabajo, ofertas de empleo, etc., le invitamos a visitar nuestra web, www.empleorecursos.es.