Una de las medidas extraordinarias adoptadas por el gobierno de España para hacer frente a los efectos que la crisis sanitaria por el Coronavirus (COVID-19) tiene en nuestro mercado laboral, en las empresas y en las y los trabajadores por cuenta ajena de actividades no esenciales, es el establecimiento de un permiso retribuido recuperable con el fin de reducir la movilidad de la población durante el Estado de Alarma. Pero ¿Qué ocurre cuando la persona trabajadora abandona la empresa antes de recuperar dicho periodo y su finiquito sale negativo, esto es, con saldo a favor de la empresa?
“Cuando el saldo del finiquito es negativo, el/a trabajador/a es quién tiene que pagar a la empresa”
En empleorecursos.es a partir de nuestra experiencia laboral en departamentos de gestión del talento (recursos humanos) queremos reflexionar acerca de la situación que se produce cuando un/a trabajador/a finaliza su relación laboral con la empresa, independientemente del motivo que la origina (despido, baja voluntaria, etc.) y en la cantidad a liquidar en su finiquito es negativa (independientemente de la indemnización cese en la prestación de servicio y no siempre se tiene derecho a ella, pues eso dependerá del motivo de extinción, llegado el caso).
A modo general, la finalidad del finiquito es saldar las deudas que la empresa tiene con la persona trabajadora y viceversa, estando formado entre otros conceptos por el salario (la parte proporcional trabajada del mes de finalización, esto es, la nómina); las vacaciones (no disfrutadas, o el descuento en caso de que se hayan disfrutado más de las que corresponderían hasta la fecha de cese); las pagas extraordinarias (lo que corresponda y no se haya percibido a la fecha); la falta de preaviso (si es el caso); el descuento de los anticipos recibidos, los pluses a los que se tenga derecho; etc.
“El finiquito es un acuerdo entre las partes donde se liquidan las cantidades adeudadas”
Lo común una vez tenidos en cuenta todos los conceptos, es que el saldo sea positivo a favor de la persona trabajadora, pero puede ocurrir lo contrario, dando lugar al conocido como FINIQUITO EN NEGATIVO, donde es la empresa quién reclama a la persona trabajadora el abono del saldo resultante.
Llegado este extremo, desde el punto de vista de la persona trabajadora, ésta debe tener en cuenta que el finiquito es un acuerdo al que llega con la empresa, por lo que no tiene la obligación de firmarlo si no está acepta lo que en él se incluye, incluso con el conocido “no conforme” (en muchas ocasiones, cuando la persona trabajadora no quiere firmar el finiquito, la empresa suele utilizar al menos a dos personas como testigos de que se le está entregando). En estos casos, es conveniente saber que es la empresa quién tiene que demostrar las cantidades que refleja en el finiquito, no la persona trabajadora.
Además, existen empresas que presionan a las y los trabajadores para que firme el finiquito amenazando con no enviar al SEPE el certificado de empresa necesario para tramitar la prestación que le corresponda. Sin embargo, llegada esta situación, siempre se puede percibir dicha prestación sin dicho documento.
“Dada esta situación, lo mejor es llegar a un acuerdo con la empresa que facilite el abono de la cantidad adeudad por parte de la persona trabajadora”
Ante un FINIQUITO EN NEGATIVO, motivado por el abandono de la empresa antes de recuperar el tiempo de permiso retribuido impuesto por la situación del COVID-19, por ejemplo, la persona trabajadora deberá abonar a la empresa la cantidad resultante en el mismo, o en caso contrario, la empresa puede poner una reclamación de cantidad ante la jurisdicción social teniendo para ello plazo de un año (al igual que hacen las y los trabajadores cuando la empresa no le abona los salarios).
En ocasiones, desde el punto de vista del/a trabajador/a, y dependiendo de la cantidad a abonar, es recomendable esperar a que sea la empresa quien reclame el pago, ya que si la cantidad a abonar no es muy elevada, en ocasiones suele desistir (pero en este caso, hay que tener en cuenta que la cantidad en caso de que finalmente reclame puede ser superior al contemplar los intereses de demora o las posibles costas judiciales).
Buenos días, me fui de la empresa sin dar el preaviso y ya había cobrado ese mes, ahora la empresa me dice que les tengo que pagar los 15 días de preaviso y 2 días de vacaciones que he disfrutado de más. Yo cobré 1099 , y me han dicho que debería haber cobrado 415€por lo tanto dicen que tengo que devolverles unos 680€ aprox. Me han dado una hoja con un número de cuenta, y otra hoja con el finiquito que pone lo que debería haber cobrado (415€) pero ninguna hoja que ponga que les tengo que pagar 680€, ya que eso me lo dijeron en persona pero nada escrito. Puedo negarme a no pagar ese dinero de los 15 días de preaviso?? Como debería proceder ahora?
Buenas tardes, xis.
Efectivamente, la empresa puede reclamarte la cantidad que a su juicio te ha abonado de más. Es una práctica muy común en casos como el tuyo, ya que por lo general, las nóminas las suelen hacer o cerrar días antes de final de mes.
En realidad, tienes dos documentos, las dos nóminas, pero puedes solicitarles que te lo pidan por escrito, de hecho, la empresa debería haberlo hecho.
Esperamos haberte podido ayudar.
Muchas gracias por seguirnos.
Buenas, tengo una historia similar a la de la compañera, yo lo que digo es porque te pagan 1.000 euros para que luego te quiten 400, dame del principio 600 ya dejamos el tema resuelto. Pero no te avisan un mes mas tarde, donde te descuadran el mes siguiente completo, la gente que ya se veía con +400 euros para pagar sus temas personales, sienten como se lo arrebatan.
Buenas noches, solicite una excedencia en mi trabajo y tras entregarme el finiquito me solicitan la devolución de los días de vacaciones disfrutados de más, en este caso 8 pero en el finiquito figuran 11, me hablan de días naturales y días laborables
Si debo 8 días tienen derecho a cobrar 11?
Cómo puedo proceder con este tema?
Muchas gracias un saludo
¡Hola Luis!
Como norma general, para el cálculo de los días de vacaciones en el finiquito se hacen a días naturales (tendríamos 30 días año), incluyendo según el caso, sábados, domingos y festivos.
Otra cosa es que en la práctica, contemos que tenemos 22 o 23 días de vacaciones (que son los laborables).
Un saludo.
Buenos días,
Me di de baja de la empresa sin los 15 días de preaviso.
La empresa me está descontando esos 15 días con un importe en bruto.
Quisiera saber si esos días están o no sujetos a retención de IRPF.
Gracias
Hola Sara.
Si se incumple con el preaviso, se descuenta del finiquito el importe. Y por ello, si se le descuenta, no puede haber cotización ni tributación porque no hay importe.
Un saludo.
Hola buenas noches, mi caso es un poco complejo porque estuve de baja en agosto hasta mediados de noviembre por un accidente que sufrí, pero me han echado 1 mes después por una Alta médica del 2 de octubre diciéndome que no me pagan nada y tenía 6 semanas de vacaciones sin disfrutar y me dicen que el finiquito se me queda a – 300.
Pero ya para acabar las Altas no cuadran, en la S.S SALE EL DÍA 2 Y EN L’APP DE MI SALUT SALE EL DÍA 11 QUE ES RARO.
Y aparte cuando me echan les comunico que no estoy en condiciones óptimas para trabajar y que me dejen ver si hay algo que hacer con el médico a ver de donde han salido esas altas y porque no se notifica a nadie hasta que pasan casi 2 meses y yo recuperándome.
Para finalizar el despido me lo hicieron el día 9 de noviembre y justo los próximos 5 días, me sale reflejado en la S. S QUE ME HAN »PAGADO» 5 DÍAS DE VACACIONES CUANDO EN TEORÍA ESTABA EN NEGATIVO. BÁSICAMENTE ME HECHAN CON UNA MANO DELANTE Y OTRA DETRÁS PORQUE DICEN QUE ME HAN PAGADO DE MÁS..
Buenos día, Thomas.
Las vacaciones pendientes una vez finaliza la relación laboral deben ser abonadas a la persona trabajadora. Si no lo han hecho, el plazo para reclamar las cantidades adeudadas es de un año.
Un saludo.
Hola, le presento mi caso a ver qué me aconseja hacer.
En mi empresa presenté mi baja voluntaria el 17 de octubre de 2023 avisando que a partir de ese día se contaban los 15 días de preaviso. Por circunstancias ajenas a mí, por ser benevolente con el empleador, le tendí la mano ofreciendo quedarme más días porque había falta de personal y le ofrecí quedarme 1 semana más, a lo que el empleador me dijo que me quedara hasta fin de mes. Una vez pasaron los días, con varias conversaciones por whatsapp solicitando una reunión cara a cara, decidí que ese día siguiente no iba a asistir al puesto de trabajo. Le presenté otro correo electrónico diciendo que le presentaba la baja voluntaria sin previo aviso, y ahora sí me quieren cobrar los 15 días. ¿ Me compensa entrar en disputas con un abogado para no pagar ese dinero, cuando ya le había presentado una renuncia con más de 15 días de antelación? Gracias
Buenos días.
La legislación es clara al respecto, si el Convenio de aplicación en la empresa no dice lo contrario, se debe preavisar como mínicmo con 15 días de antelación de la fecha de fin de la relación laboral. Si posteriormente de ello, se ha continuando trabajando, como es el caso que nos comenta, siempre aconsejamos antes de entrar en disputas judiciales, intentar llegar a un acuerdo.
Un saludo.
He disfrutado de todos los días de vacaciones disponibles (24 días)para 2024 en enero/febrero. Al volver de vacaciones la empresa me ha comunicado de una subrogación que empezó el 01 de marzo. Ahora, la antigua empresa quiere que pague los días de vacaciones que disfrute (20 días). Me han enviado un finiquito negativo que es caso el total del salario de febrero. ¿Eso es legal? Mientras la empresa nueva me ha dicho que tengo 19 disponibles. Yo no solicité quedar 43 días sin trabajar y estar un mes sin salario, ya que quieren que pague por 20 días… ¿Cómo proceder?
Buenas tardes.
Intenta negociar para llegar a un acuerdo con la empresa para tener la posibilidad de devolverlo de manera cómoda.
Un saludo.
Buenos días,
La empresa me reclama en el finiquito un plus de traslado que me ingresaron por el cual no firmé ningún documento ni condiciones en ningún momento. Después de mi preaviso de 15 días me quisieron hacer firmar los documentos con fecha de hace dos meses para aceptar las cláusulas de ese plus, por tanto puse no conforme ahora. Pueden incluir ese negativo del plus por el cual no estoy conforme en mi finiquito haciéndomelo negativo y por tanto no cobrar la última nómina? Gracias
Hola Manu.
Que te hagan firmar un documento con fecha pasada no es una práctica muy correcta.
Intentaría negociar con la empresa y si te descuentan esa cantidad, lo mejor es poner una demanda de reclamación.
Un saludo.
Hola, quiero comentar mi caso. He decidido renunciar sin cumplir preaviso porque estaba sufriendo acoso laboral y no tenía fuerzas para seguir yendo a la oficina. Ahora me dan un finiquito negativo. Cuánto tiempo tendría para pagar esa deuda? Puedo ir pagando poco a poco según pueda?
Hola Ana.
Lo mejor en el caso que nos comentas es que intentes llegar a un acuerdo con la empresa para que te faciliten el pago.
Un saludo.
Hola,
Falté una semana al trabajo por problemas con el vehículo, me despidieron y me han enviado un finiquito negativo. Si yo no me he ido voluntariamente ¿pueden hacer eso? Encima me dan de baja en la seguridad social una semana después del día de despido para cumplir los 15 días.
Un saludo.
Hola Miguel.
En el caso que nos comentas, tendrías que ver cuál es la causa del despido. Como comentamos en el post, existe la posibilidad de que el finiquito salga a favor de la empresa.
Respecto a la baja en Seguridad Social que comentas, puede que hayan preferido mantenerte en alta que abonarte los días de preaviso del despido necesarios (pero esos días sí generas salario, es decir, te los deberían haber contabilizado en el finiquito).
Un saludo.
Muchas gracias por la respuesta. El motivo es ausencias injustificadas. Y eso de mantener el alta para no abonarme los días de preaviso y que luego me pidan que los pague yo ¿es normal? ¿hasta qué punto pueden reclamar el dinero así a la ligera? Si no pago y me llevaran a juicio, ¿tendría que pagar algo más de lo que ya debo?
Hola Miguel.
En la carta de comunicación del despido debe indicarte la fecha de baja o último día en la empresa, por lo que debe coincidir con la fecha de baja en Seguridad Social.
Las empresas siempre pueden reclamarte esa cantidad, por lo que es ocasiones, es mejor negociar con ella la forma de devolverlo.
Nuestro consejo es que te asegures bien si procede o no las cantidades que te han dado, y a partir de ahí, actuar en un sentido u otro.
Un saludo.