A partir de la publicación en empleorecursos.es del post donde reflexionábamos acerca del Acoso Laboral o Mobbing, han sido numerosas las consultas registradas en nuestra Web acerca de las posibles pautas o acciones para hacerle frente desde un punto de vista psicológico.

Por norma general, en los casos de Mobbing se producen cuatro fases bien diferenciadas, las cuales determinarán la intervención psicológica a llevar a cabo en caso necesario. Estas etapas son:

  1. Conflicto. En toda relación existen conflictos que generan problemas puntuales entre las personas intervinientes. Si estos se producen en un contexto laboral, con la importancia que tiene el trabajo en nuestra sociedad, así como el tiempo y lugar que ocupa éste en nuestras vidas, el dimensionamiento de estos conflictos es mayor. Generalmente estas situaciones sino se resuelven, se estigmatizan complican.
  2. Mobbing. Una de las partes del conflicto desencadena acciones de hostigamiento hacia la otra con objeto de ridiculizar y aislarla socialmente. Dichas acciones, son prolongadas en el tiempo, por lo que la víctima no quiere ser consciente de la situación, rechazándola, negándola e incluso evitándola. Es una fase duradera en el tiempo.
  3. Intervención. La situación conflictiva, debido a efectos tanto en la persona que la sufre como en el entorno laboral se hace pública y propicia la intervención de terceros (generalmente la empresa cuando una de las partes no es la dirección). La mayoría de las empresas carecen de protocolo de actuación, por lo que una de las decisiones más comunes es cambiar de puesto a una de las partes.
  4. Exclusión. Probablemente, la víctima si continúa en su puesto de trabajo, y sin antes haber pasado por varios periodos de baja médica, ya sea por una lesión psicosomática o para aliviarse psicológicamente por un tiempo de la persona acosadora, abandone la empresa.

En empleorecursos.es entendemos que independientemente de la fase en la que se encuentre la persona acosada, sufrirá problemas psicológicos que, en el caso de llegar a las últimas fases del proceso de Mobbing, le acompañarán para toda la vida, de ahí que dependiendo de las características de cada caso, aconsejemos ponerse en manos de un/a profesional.

Sin embargo, entre las estrategias que la víctima puede poner en marcha estaría en primer lugar la búsqueda de apoyo social, tanto de sus familiares como amigas/os, donde comente los hechos que está sufriendo así como los sentimientos que le producen. De nada sirve aislarse en su victimismo.

Además, es conveniente informarse acerca del Mobbing, ya que es un problema real y cada vez más frecuente, por lo que documentarse acerca de la enorme literatura existente (recomendamos al Dr. Iñaki Piñuel y Zabala, una eminencia en la materia y cuyos manuales nos han inspirado este post), servirá no solo para conocer los aspectos más característicos, sino que también para darse cuenta que no está sola/o ya que le ha pasado o pasa a muchas personas.

Otro aspecto que ayuda a afrontar una situación de acoso laboral es mejorar en asertividad, conducta que permite defender nuestros derechos respetando el de los demás sabiendo decir no sin sentimientos de culpa. La asertividad es útil en momentos de ataque de la persona acosadora, ya que permitirá a la víctima adoptar una posición de defensa de sus derechos frente a la tradicional en estos casos, pasivas o agresivas (si se reacciona con resentimiento o de forma hostil, se estará no solo utilizando las mismas armas que el/a acosador/a, sino que peor aún, estará consiguiendo lo que realmente está buscando).

Una conducta asertiva adecuada conllevará un mayor respeto consigo misma/o, y por consiguiente, un mejor autoestima, por lo que las conductas de hostigamiento del/a acosador/a tendrán menos efectos sobre su víctima, al sentirse ésta/e más autovalorada/o. De nada sirve autoinculparse de la situación.

No intentes razonar con la persona que te hostiga, jamás suelen reconocer sus conductas, la cual la camuflan entre múltiples escusas e incluso intentará sentirte culpable y responsable de su actitud.

Por último, puede que hayas pensado abandonar tu puesto de trabajo, a pesar de ser tu vocación, por lo que por ese mismo motivo, en empleorecursos.es te queremos recomendar que emprendas acciones para mejorar tu empleabilidad (cursos, talleres, etc.) porque la vida no se acaba en esa empresa, ya que hay muchas que están deseando acogerte.

Como siempre, para conocer más sobre Derecho Laboral, Orientación para la búsqueda de empleo, Marca Personal, Coaching, ofertas de empleo, etc., te invitamos a visitar nuestra Web.


Han sido varias las consultas recibidas, a lo largo de estos ya 4 años de andadura de empleorecursos.es, acerca de un tema que por desgracia está cada vez más presente en la empresa, como es el Acoso Laboral o Mobbing.

“El Acoso Laboral o Mobbing es cada vez más frecuente en las empresas

Básicamente consiste en una serie de conductas de hostigamiento continuas dirigidas a denigrar psicológicamente a un/a trabajador/a, afectando a su autoestima e integridad como profesional, al causarle graves problemas psicológicos tales como depresión, ansiedad o estrés, los cuales, influyen tanto en su rendimiento laboral como en su vida personal.

“Las formas más frecuentes de Mobbing es entre compañeras/os del mismo nivel, o entre superior jerárquico-colaborador/a”

Este tipo de acciones pueden llevarse a cabo entre compañeras/os del mismo nivel jerárquico (acoso horizontal), o de superiores a subordinadas/os (acoso vertical, aspecto más común en situaciones en las que el/a jefe/a busca conseguir que la persona trabajadora abandone la empresa por voluntad propia y sin indemnización por despido).

“Las conductas de hostigamiento pueden manifestarse en cualquier ámbito de la relación laboral y personal”

Las formas más comunes de expresión del acoso consisten en acciones contra la reputación y dignidad personal (comentarios ridiculizando a la víctima, riéndose de su aspecto físico, gestos, etc.) o la realización de injurias como trabajador/a; el ejercicio de sus tareas o funciones (encargándole trabajo en exceso, demasiado difícil, monótono, o escaso, por ejemplo); comunicación de la información (a veces se le niega o ignora aspectos relativos a nuevos métodos de trabajo, plazos de entrega, funciones y responsabilidades, etc.); y por último, diferencias de trato, el cual carece de toda equidad.

“Una situación de acoso laboral conlleva consecuencias negativas tanto para la persona que la sufre como para la empresa”

En empleorecursos.es entendemos que esta situación genera consecuencias tanto a la persona trabajadora como a la empresa. Así, el/a trabajador/a que lo sufre, le puede afectar a nivel psíquico (estrés, ansiedad, depresión, etc.); físico (síntomas psicosomáticos) y social (aislamiento, desconfianza, tolerancia, etc.); mientras que a la empresa le afecta fundamentalmente en una disminución en el rendimiento de la persona que lo sufre, en la cohesión existente que propicia un adecuado clima laboral y en un aumento de la accidentabilidad.

“Si se sufre Mobbing es necesario recabar pruebas que lo demuestren”

Somos de la opinión que lo primero que debe hacer la persona que se encuentra sufriendo acoso en el trabajo es conseguir reunir todas las pruebas que demuestren su situación. Nos referimos a documentos escritos (mails, encargos de trabajo, cambios de funciones o responsabilidad, etc.); fotografías o vídeos de los hechos, grabaciones de conversaciones, ya que son válidas ante un tribunal siempre que la persona trabajadora participe en las mismas; testigos, etc.

“Si se está en una situación de Mobbing, se aconseja ponerme en manos de profesionales para gestionarla”

A partir de esta situación, aconsejamos a la persona trabajadora que está sufriendo acoso que se ponga en manos de profesionales, tanto para emprender una posible vía legal como para atenuar, en caso de que exista riesgo, los efectos psicológicos, llegado el caso. Así, dependiendo de las características de cada caso, las opciones ante una situación de acoso laboral serían:

  1. Acciones no judiciales. En primer lugar, aconsejamos acudir al convenio colectivo de aplicación en la empresa, para saber si existe un protocolo de actuación en estos casos. Además, es conveniente informar a las y los representantes de personal, así como a la dirección de la empresa en caso de que ésta no sea una de las partes implicadas. Por último, existiría la posibilidad de acudir a la Inspección de Trabajo (poseen un protocolo de actuación específico).
  2. Acciones judiciales. Por esta vía, y siempre asesorada/o por profesionales, lo más común es interponer en el Juzgado de lo Social, demanda de tutela de Derechos Fundamentales, reclamar daños y perjuicios o incluso, solicitar la extinción de la relación laboral. Todo ello, sin olvidar las posibles consecuencias penales que de toda situación de conlleva.

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